CONCEPTO
El Derecho de Autor
es el sistema jurídico por el cual se concede a los autores derechos
morales y patrimoniales sobre sus obras, en cumplimiento a lo dispuesto por la
Constitución del Ecuador y la
Declaración Universal de los derechos.
El Derecho de Autor dura la vida del
creador más 70 años después de su muerte.
El uso de una obra
sin la autorización expresa de su autor es considerado ilegal y puede ser
castigado con multas e incluso prisión.
Artículo 8 de la Ley de Propiedad
Intelectual y Articulo 4 de la decisión 351.
La protección del
Derecho de Autor recae sobre las obras del ingenio en el ámbito literario, artístico
y científico, cualquiera sea su género, forma de expresión, mérito o finalidad.
¿CÓMO SE PROTEGE EL DERECHO DE AUTOR?.
El Derecho de Autor
protege la obra por el solo hecho de su creación, sin embargo, es recomendable
registrar la obra en la unidad de Registro de Derecho de Autor del IEPI, así el
autor se beneficiará de la presunción de autoría que la ley reconoce a su
favor.
La protección del
Sistema de Derecho de Autor se basa en la protestad exclusiva de autorizar o
prohibir el uso de su obra.
DERECHOS QUE PUEDE EJERCER EL AUTOR,
TITULAR O TERCEROS CON SU AUTORIZACIÓN.
La reproducción o
fijación de la obra por cualquier medio o procedimiento.
La comunicación
pública de la obra.
La distribución de
ejemplares de la obra.
La importación de
ejemplares de la obra.
La traducción,
adaptación, arreglo o transformación de la obra.
¿QUE ES LA PIRATERÍA?
Es el irrespeto al
trabajo de nuestros creadores, usando sus obras sin autorización y obteniendo
de ello un beneficio económico.
VENTAJAS QUE OFRECE
ESTA PROTECCIÓN
La protección por
Derecho de Autor es un componente esencial para elevar el nivel de la vida de
la gente creativa y permitirles seguir la suerte de sus creaciones.
Asimismo, al
garantizar la observancia de los derechos, los creadores y la industria
culturales pueden invertir más fácilmente en la creación desarrollo y difusión
de sus obras a su vez, ello contribuye a enriquecer la cultura, y estimula el
desarrollo económico y social.
¿QUÉ SON LOS DERECHOS CONEXOS?
Estrechamente relacionados con el derecho de
autor están los derechos conexos, que son aquellos derechos que se conceden a
determinadas personas naturales o jurídicas por la divulgación de la obra.
Los beneficiarios de
los derechos conexos son:
Los artistas, intérpretes
y ejecutantes que tiene derechos sobre sus interpretaciones o ejecuciones.
Los productores de
fonogramas que tienen derechos de sus grabaciones.
Los organismos de
radiodifusión que tiene derechos sobre sus programas de radio y televisión.
SOCIEDADES DE GESTIÓN COLECTIVA
Son personas jurídicas
de derecho privado, sin fines de lucro, cuyo objetivo social es la gestión
colectiva de los derechos patrimoniales de autor o derechos conexos o de ambos.
El IEPI aprueba el
estatuto constitutivo, otorga la autorización para su funcionamiento y tiene
las facultades de control sobre estas entidades.
PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE OBRAS.
1 Llenar el formulario
de solicitud de registro correspondiente, que se encuentra publicado en la
página web del IEPI. www.iepi..gob.ec.
2 Adjuntar los
requisitos que constan en el instructivo del formulario.
3 La Dirección
Nacional de Derecho de Autor y Derechos Conexos emite el certificado de
registro correspondiente.
4 Tiempo máximo del
trámite 24 horas.
Fuente: Instituto Ecuatoriano de la Propiedad
Intelectual. (IEPI)
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